Pocos empleadores buscan certificación para trabajadores menores de edad

Pocos empleadores buscan certificación para trabajadores menores de edad SANTO DOMINGO. Ronald Agramonte tiene 22 años y trabaja desde los cuatro. Durante una década laboró con su padre en la finca de un hacendado en las lomas de Gaspar Hernández. Se afanaba como un “hombre grande”. Retornaba a su casa sudado y sucio. Emigró luego a Santiago para seguir trabajando, lo que motivó a que dejara los estudios en segundo del bachillerato. Aunque él considera que los afanes de su niñez lo hicieron una mejor persona, no desea que su hijo de seis años pase por lo mismo. No debiera ser, pues el Código de Trabajo de la República Dominicana prohibe que los menores de 14 años trabajen. Esto Ronald no lo sabía, sin embargo, negarse iría en contra de la cultura campesina de que los hijos deben ayudar a los padres en las tareas del hogar. Pero dentro de la prohibición, el trabajo infantil tiene sus excepciones legales y están contenidas en el Código de Trabajo, sin embargo, reciben poca atención, conforme registra el Ministerio de Trabajo. El artículo 17 del Código de Trabajo establece que un menor emancipado o no que haya cumplido 16 años, se reputa mayor de edad para los fines de un contrato laboral. El no emancipado, mayor de 14 pero menor de 16, puede acordar uno con la autorización de sus padres o tutores. Este permiso debe hacerse por escrito, debidamente certificado ante el Departamento de Trabajo o la autoridad local competente, y entregarse al empleador. Además, el Ministerio de Trabajo puede emitir permisos para autorizar que menores de 14 años puedan ser empleados en espectáculos públicos, en la radio, la televisión o actuación en películas. Sin embargo, aunque se observa una presencia de menores en estos tipos de actividades, la institución solo reporta

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